
NIÑO DESAPARECIDO EN CORRIENTES HACE CASI UN AÑO. El tribunal de alzada se pronunció así ante el planteo de la defensa de Carlos Pérez Y María Caillava, acusados de ser los captores principales.
AL CUMPLIRSE 11 MESES DE LA DESAPARICIÓN DE LOAN, LA FAMILIA REALIZÓ UN VIDEO COLABORATIVO PARA QUE EL CASO NO QUEDE EN EL OLVIDO Y BUSCANDO QUE LA CIUDADANÍA VUELVA A INTERESARSE POR EL TEMA TRAS LOS RECIENTES ESCÁNDALOS CON SU SALIENTE ABOGADO QUERELLANTE, AL QUE TRAS EL PROCESAMIENTO DENUNCIARON.
La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes asestó un nuevo golpe a la defensa de Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava, el matrimonio procesado por la presunta sustracción de Loan Danilo Peña, el niño de cinco años desaparecido el 13 de junio pasado en la localidad correntina de 9 de Julio. El tribunal rechazó un recurso de Casación presentado por los abogados del capitán de navío (RE) de 63 años y la ex funcionaria municipal de 53, manteniendo así firme el procesamiento y la prisión preventiva dictada en su contra.
La resolución de la Cámara Federal, integrada por los jueces Ramón González, Selva Spessot y Mirta Sotelo, desestimó los argumentos presentados por el abogado defensor, Ernesto González, quien había apelado el fallo que confirmó el procesamiento por sustracción de menores y ordenó la prisión preventiva para los siete imputados en la causa. Además de Pérez y Caillava, esta medida también alcanza a Antonio Benítez (38), Laudelina Peña (46), Daniel "Fierrito" Ramírez (50), Walter Maciel (44) y Mónica Millapi (36).
En su recurso, la defensa del matrimonio argumentaba que la resolución de primera instancia violaba el Código de Procedimientos Penal y realizaba un encuadre erróneo de los delitos imputados. Asimismo, señalaba un posible daño irreparable para sus clientes en caso de que una sentencia definitiva los encontrara culpables. Sin embargo, el fiscal general Carlos Schafer se opuso categóricamente a la admisión del recurso. Schafer sostuvo que la resolución apelada no constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a tal, por lo que no existía un agravio federal concreto ni una arbitrariedad manifiesta que justificara la intervención de la Cámara Federal.
Los jueces respaldaron los argumentos del fiscal, subrayando que la defensa no había cuestionado la legitimidad ni la fundamentación de la prisión preventiva, un aspecto que podría haber abierto la puerta a una admisión parcial del recurso. En este sentido, reiteraron que la resolución impugnada no cumplía con los requisitos de una sentencia definitiva ni presentaba un agravio federal concreto que ameritara su revisión en esta instancia.
Con respecto a las acusaciones de incumplimiento del Código de Procedimientos Penal, los magistrados fueron contundentes al señalar que la defensa se había limitado a transcribir artículos del Código Procesal Penal de la Nación, sin ofrecer fundamentos sólidos que justificaran la admisión del recurso. Consideraron que esta presentación carecía de la profundidad necesaria para cuestionar la validez del fallo de primera instancia.
La Cámara Federal también enfatizó que la ratificación del procesamiento no vulneraba la garantía de defensa en juicio de Pérez y Caillava. Los jueces explicaron que el expediente detallaba de manera clara y precisa la conducta por la cual se procesaba al matrimonio, permitiéndoles comprender los cargos en su contra y ejercer su derecho a la defensa de manera efectiva. Pérez y Caillava aún cuentan con una última instancia para intentar revertir su situación procesal: replicar la apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En la resolución que confirmó el procesamiento, los jueces detallaron la secuencia de eventos que llevaron a la imputación de Pérez y Caillava. Según la reconstrucción judicial, el 13 de junio de 2024, el matrimonio habría retirado a Loan Peña de la zona de El Algarrobal utilizando su camioneta Ford Ranger, bajo la falsa excusa de dirigirse a ver un partido de fútbol.
La investigación sostiene que esta acción formaba parte de un plan previamente acordado con los otros cinco imputados. El objetivo del grupo era sustraer a un niño menor de diez años durante el almuerzo familiar que se desarrollaba en la casa de Catalina Peña, abuela de Loan. Las fuentes de la investigación revelaron que "el acuerdo previo consistía en sustraer ‘a un menor’, y no específicamente a Loan, ya que, como se dijo, su presencia en el almuerzo fue espontánea y sorpresiva para el resto de los asistentes". Aunque la identidad específica del niño a ser sustraído no estaba predefinida, la Justicia considera que cada miembro del grupo tenía un rol asignado en la ejecución del delito. La hipótesis principal apunta a que Antonio Benítez y Daniel "Fierrito" Ramírez debían llevar a los niños hacia el naranjal cercano a la vivienda. En ese lugar, capturarían a uno de ellos y lo entregarían a Pérez y Caillava