Caso Loan: la Cámara Federal confirmó la hipótesis de la sustracción organizada

NIÑO DESAPARECIDO EN CORRIENTES HACE CASI UN AÑO. El tribunal de alzada se pronunció así ante el planteo de la defensa de Carlos Pérez Y María Caillava, acusa­dos de ser los captores principales.

AL CUMPLIRSE 11 MESES DE LA DESAPARICIÓN DE LOAN, LA FAMILIA REALIZÓ UN VIDEO COLABORATIVO PARA QUE EL CASO NO QUEDE EN EL OLVIDO Y BUSCANDO QUE LA CIUDADANÍA VUELVA A INTE­RESARSE POR EL TEMA TRAS LOS RECIENTES ESCÁNDALOS CON SU SALIEN­TE ABOGADO QUERELLANTE, AL QUE TRAS EL PROCESAMIENTO DENUNCIARON. 

La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes asestó un nuevo golpe a la defensa de Carlos Gui­do Pérez y María Victoria Caillava, el matrimonio procesado por la presunta sustracción de Loan Danilo Peña, el niño de cinco años desaparecido el 13 de ju­nio pasado en la localidad correntina de 9 de Julio. El tribunal rechazó un recurso de Casación presentado por los abogados del capitán de navío (RE) de 63 años y la ex funcionaria municipal de 53, manteniendo así firme el procesamiento y la pri­sión preventiva dictada en su contra.

La resolución de la Cá­mara Federal, integrada por los jueces Ramón Gonzá­lez, Selva Spessot y Mirta Sotelo, desestimó los argu­mentos presentados por el abogado defensor, Ernesto González, quien había ape­lado el fallo que confirmó el procesamiento por sustrac­ción de menores y ordenó la prisión preventiva para los siete imputados en la causa. Además de Pérez y Caillava, esta medida también alcan­za a Antonio Benítez (38), Laudelina Peña (46), Da­niel "Fierrito" Ramírez (50), Walter Maciel (44) y Mónica Millapi (36).

En su recurso, la defensa del matrimonio argumen­taba que la resolución de primera instancia violaba el Código de Procedimien­tos Penal y realizaba un encuadre erróneo de los de­litos imputados. Asimismo, señalaba un posible daño irreparable para sus clientes en caso de que una senten­cia definitiva los encontrara culpables. Sin embargo, el fiscal general Carlos Schafer se opuso categóricamente a la admisión del recurso. Schafer sostuvo que la reso­lución apelada no constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a tal, por lo que no existía un agravio federal concreto ni una ar­bitrariedad manifiesta que justificara la intervención de la Cámara Federal.

Los jueces respaldaron los argumentos del fiscal, subrayando que la defensa no había cuestionado la le­gitimidad ni la fundamen­tación de la prisión preven­tiva, un aspecto que podría haber abierto la puerta a una admisión parcial del re­curso. En este sentido, reite­raron que la resolución im­pugnada no cumplía con los requisitos de una sentencia definitiva ni presentaba un agravio federal concreto que ameritara su revisión en esta instancia.

Con respecto a las acusa­ciones de incumplimiento del Código de Procedimien­tos Penal, los magistrados fueron contundentes al señalar que la defensa se había limitado a transcribir artículos del Código Proce­sal Penal de la Nación, sin ofrecer fundamentos sóli­dos que justificaran la admi­sión del recurso. Considera­ron que esta presentación carecía de la profundidad necesaria para cuestionar la validez del fallo de primera instancia.

La Cámara Federal tam­bién enfatizó que la ratifi­cación del procesamiento no vulneraba la garantía de defensa en juicio de Pérez y Caillava. Los jueces ex­plicaron que el expediente detallaba de manera clara y precisa la conducta por la cual se procesaba al ma­trimonio, permitiéndoles comprender los cargos en su contra y ejercer su dere­cho a la defensa de manera efectiva. Pérez y Caillava aún cuentan con una última instancia para intentar re­vertir su situación procesal: replicar la apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la resolución que con­firmó el procesamiento, los jueces detallaron la secuen­cia de eventos que llevaron a la imputación de Pérez y Caillava. Según la recons­trucción judicial, el 13 de ju­nio de 2024, el matrimonio habría retirado a Loan Peña de la zona de El Algarrobal utilizando su camioneta Ford Ranger, bajo la falsa excusa de dirigirse a ver un partido de fútbol.

La investigación sostie­ne que esta acción formaba parte de un plan previamen­te acordado con los otros cinco imputados. El obje­tivo del grupo era sustraer a un niño menor de diez años durante el almuerzo familiar que se desarrollaba en la casa de Catalina Peña, abuela de Loan. Las fuentes de la investigación revela­ron que "el acuerdo previo consistía en sustraer ‘a un menor’, y no específica­mente a Loan, ya que, como se dijo, su presencia en el almuerzo fue espontánea y sorpresiva para el resto de los asistentes". Aunque la identidad específica del niño a ser sustraído no es­taba predefinida, la Justicia considera que cada miem­bro del grupo tenía un rol asignado en la ejecución del delito. La hipótesis princi­pal apunta a que Antonio Benítez y Daniel "Fierrito" Ramírez debían llevar a los niños hacia el naranjal cer­cano a la vivienda. En ese lugar, capturarían a uno de ellos y lo entregarían a Pérez y Caillava